
En el marco de los constantes procesos de modernización y adaptación normativa que rigen el sistema educativo nacional, el Instituto Profesional Valle Central ha anunciado su completa alineación y cumplimiento con los estándares establecidos por la Ley 21.790.
Directivos, docentes y personal administrativo del Instituto Valle Central han destacado que este proceso de adaptación no es solo un cumplimiento normativo, sino una oportunidad para renovar el compromiso histórico de la institución con sus estudiantes.
DEFINICIÓN
La Ley N° 21.790 protege a estudiantes de educación superior que están en situación de embarazo, maternidad, paternidad, cuidado personal de un niño o niña, o que acreditan ser cuidador/a principal de una persona con discapacidad o dependencia.
OBJETIVO
Su objetivo es que estas responsabilidades no obliguen al estudiante a abandonar, postergar informalmente o reprobar por falta de apoyo institucional.
ENTREGABLES POR PARTE DEL ALUMNO A LA INSTITUCIÓN DE ACUERDO A SITUACIÓN
Embarazo
- Certificado médico que acredite el estado de embarazo o controles asociados
Maternidad o paternidad
- Certificado de nacimiento de tu hijo/a (hasta 8 años). Se aceptan los siguientes tipos:
- Para asignación familiar
- Para todo trámite
Cuidado personal de un niño o niña menor de 8 años
- Certificado de nacimiento con su inscripción que acredite el cuidado personal de un niño o niña hasta los 8 años.
- Cuidador/a principal de persona con discapacidad o dependencia
- Cartola Hogar, documento obtenido desde el el Registro Social de Hogares, con especificación que es persona cuidadora.
PROCESO DE GESTIÓN
- El alumno ante una situación académica que requiera apoyo, debe elevar solicitud especial al DAE señalando los hechos, el requerimiento y documentos de respaldo.
- DAE recibe y registra el caso, evalúa la situación y la deriva a la jefatura de área correspondiente.
- La Jefatura de área debe dar respuesta al estudiante en un plazo de 2 días. Enviando un correo electrónico con la respuesta.
- El jefe de área toma una decisión después de haber analizado en profundidad el caso su respuesta será definitiva salvo que se presente alguna situación en donde el alumno presente una nueva evidencia documentada.
ESTUDIANTES QUE PUEDEN ACCEDER AL PLAN
Podrán acceder a las medidas contempladas en el presente plan los y las estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Embarazo.
- Maternidad.
- Paternidad.
- Cuidado personal de niños, niñas o adolescentes.
- Tutor legal de un niño, niña o adolescente.
- Cuidador o cuidadora principal de una persona con discapacidad o dependencia.
- Otras situaciones de cuidado debidamente acreditadas y evaluadas institucionalmente.
MECANISMOS DE IDENTIFICACIÓN Y ACTIVACIÓN.
La identificación de estudiantes con responsabilidades de cuidado podrá realizarse mediante:
- Encuesta de caracterización estudiantil aplicada en el marco del PRAES.
- Solicitud directa presentada por el estudiante.
- Derivación realizada por docentes, jefaturas de carrera, consejeras estudiantiles u otras unidades institucionales.
- Procesos de acompañamiento, entrevistas o seguimiento estudiantil.
La condición de estudiante cuidador será registrada institucionalmente una vez validados los antecedentes correspondientes, permitiendo activar los apoyos académicos y administrativos definidos en el presente plan.
CONFIDENCIALIDAD
La información del estudiante es reservada; solo se comunica lo necesario a quienes deben aplicar la medida.
Si eres alumno cuidador completa la Ficha de Inscripción del Estudiante






